Micelio
Auto2 de noviembre de 2023

A- de 2023

Ponente Natalia Ángel Cabo

Demandante Coomeva Eps Sa·Demandado Ministerio De Salud Y Proteccion Social

Tema · dato duro
Recobro Judicial Al Estado Por La Prestación De Servicios Médicos No Incluidos En El Plan De Beneficios De Salud.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Controversias sobre recobros de prestaciones no incluidas en el plan de beneficios de salud-PBS
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Treinta y Dos Laboral del Circuito de Bogotá y la Subsección A de la Sección Tercera del Consejo de Estado.

Conflicto surgido por causa de demanda instaurada por Coomeva EPS S.A. en ejercicio de la acción de reparación directa contra el Ministerio de Salud y Protección Social, con el fin de solicitar se declare a la demandada como responsable por los perjuicios causados como consecuencia del no reconocimiento total de las prestaciones no incluidas en el Plan Obligatorio de Salud, ordenadas por comités técnico científicos o mediante fallos de tutela, que fueron pagadas por la demandante.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena decidió con base en la regla fijada en el Auto 389/21, reiterada en Auto 862 de 2021, según la cual, el conocimiento de los asuntos relacionados con los recobros de servicios y tecnologías en salud no incluidos en el POS, hoy PBS, corresponde a los jueces contencioso administrativos, en virtud de lo dispuesto en el inciso primero del artículo 104 de la Ley 1437 de 2011, por cuanto a través de estos se cuestiona por parte de una EPS un acto administrativo proferido por la ADRES.

Con base en lo anterior, la Corte dispuso el envío del expediente a la Subsección A de la Sección Tercera del Consejo de Estado para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Treinta y Dos Laboral del Circuito de Bogotá, a los sujetos procesales y a los demás interesados en el trámite.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre la Subsección A de la Sección Tercera del Consejo de Estado y el Juzgado Treinta y Dos Laboral del Circuito de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que le corresponde a la Subsección A de la Sección Tercera del Consejo de Estado conocer la demanda que en ejercicio de la acción de reparación directa presentó Coomeva EPS S.A contra el Ministerio de Salud y Protección Social.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-2462 a la Subsección A de la Sección Tercera del Consejo de Estado para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Treinta y Dos Laboral del Circuito de Bogotá, a los sujetos procesales y a los demás interesados en el trámite.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.